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¿Dónde quedan las leyes del Derecho Internacional Humanitario cuando se presenta un escenario de conflicto? ¿Qué medidas legales se conocen a nivel internacional para conservar el orden entre estados en tiempos de crisis? Sigue leyendo.

Actualidad Jurídica

Derecho Internacional Humanitario en tiempos de guerra

¿Dónde quedan las leyes del Derecho Internacional Humanitario cuando se presenta un escenario de conflicto?

Todo conflicto bélico debería respetar las leyes del Derecho Internacional Humanitario. Esta rama tiene como principal objetivo atenuar y limitar los efectos causados por los conflictos armados. Así como proteger lo máximo posible a la población civil. ¿Es realmente efectivo en la práctica? Al parecer, es la única vía legal existente para poder denunciar los crímenes de guerra, ser juzgados y que no queden impunes.

Índice

Cuando hablamos de Derecho Internacional Humanitario, entre los principales instrumentos jurídicos a los que se puede acudir a este respecto, destacan los Convenios de Ginebra de 1945.

1949 Conferencia diplomática en Ginebra: Convenios Internacionales para la protección de víctimas de guerra. © ICRC archives (ARR)

I Convenio de Ginebra

El primer convenio de los cuatro, se centra en proteger a los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas durante la guerra, así como la seguridad de las unidades médicas. Este convenio consta de 64 artículos y dos anexos que desgranan el modus operandi en caso de conflicto.

II Convenio de Ginebra

Protege durante la guerra a los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar.

III Convenio de Ginebra

Este convenio es el relativo a la protección de los prisioneros de guerra. Se compone de 163 artículos entre los que se contemplan los recursos financieros de los prisioneros y la asistencia que tienen derecho a recibir, entre otros. El principal objetivo es que los prisioneros sean liberados y repatriados con la mayor inmediatez.

IV Convenio de Ginebra

Este convenio protege a las personas civiles. Este convenio sienta un precedente ya que previamente a las normas de Ginebra de 1949 no existía un convenio explícito en lo relativo a la protección de civiles, hecho que tuvo consecuencias desastrosas en la Segunda Guerra Mundial. Entre otras cosas, este convenio establece la ilegalidad de atacar intencionalmente personas o bienes civiles como las viviendas.

En relación con el conflicto actual, Rusia retiró su firma en el año 2019, abandonando los Convenios de Ginebra destinados a proteger a las víctimas de los conflictos armados internacionales.

Hay dos organismos que tienen un gran calado en lo que respecta a las leyes del Derecho Internacional Humanitario, estos son la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia.

Corte Penal Internacional

Corte Penal Internacional - General Debate | © Coalition for the International Criminal Court

El Derecho Internacional Humanitario también esta regulado por la Corte Penal Internacional. Es una institución que investiga y persigue a todas aquellas personas que hayan cometido delitos graves a nivel internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crímenes de agresión, entendidos como el uso injustificado de la fuerza armada de un país contra otro.

Actualmente, la mayor parte de los países, 123 de ellos, son parte del tratado, pero hay excepciones como Rusia, Ucrania y EE.UU. 

Recientemente, la Corte Penal Internacional, abrió una investigación por crímenes de guerra en Ucrania, petición impulsada por más de 39 países. En el caso de que existan pruebas, el fiscal pedirá a los jueces de la CPI emitir orden de arresto para que los responsables vayan a juicio en La Haya. Esta institución, no obstante, presenta limitaciones, como es no tener su propia fuerza policial, dependiendo así de los estados individuales para arrestar a los sospechosos. Rusia se retiró de esta corte en 2016 (simbólicamente, ya que a pesar de firmar el tratado en el año 2000, nunca había ratificado su adhesión).

 

CPI: Sucesora de los juicios de Nuremberg

Cualquier persona acusada de un delito en la jurisdicción de la corte, que incluye países que son miembros de la CPI, puede ser juzgada. En el caso de Putin, tendría que ser arrestado fuera de Rusia o ser entregado por la misma. En la nueva investigación sobre los posibles crímenes de guerra de Rusia, la CPI ha dicho que analizará todas las acciones ocurridas en Ucrania desde 2013 hasta el momento presente.

Cabe recordar que la CPI es sucesora de los juicios de Nuremberg, donde se procesó a líderes nazis clave en el año 1945. Sentando las bases de un tribunal internacional que permitiría un pacto entre naciones para velar por el derecho internacional.  

Se trata de un tribunal de «último recurso» y casi siempre se antepone el sistema de justicia del propio país. El tribunal cuenta con 18 jueces que cumplen mandatos de nueve años.

Corte Internacional de Justicia

Corte Internacional de Justicia: principal órgano judicial de las Naciones Unidas

La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas. Su principal función es resolver en el ámbito internacional las controversias jurídicas entre estados (no puede enjuiciar a individuos). Además de emitir dictámenes sobre asuntos jurídicos promulgados por organismos de Naciones Unidas que tengan autorización para hacerlo.

Recientemente, el Gobierno de Volodimir Zelenski ha llevado el caso de Ucrania ante la CIJ, alegando que Rusia no puede demostrar que se estaba produciendo un genocidio en Ucrania (el pretexto de Rusia para realizar sus llamadas “operaciones militares especiales” en Ucrania). Kiev acusa a Moscú de violar la Convención para la Prevención y la Sanción del Genocidio de 1948. Solicitando así medidas cautelares para evitar perjuicios irreparables sobre los derechos de Ucrania. Resultando de esta solicitud un ordenamiento por parte de la Corte Internacional de Justicia hacia Rusia de detener inmediatamente la ofensiva sobre Ucrania.

Rusia parece desoir esta resolución por parte del CIJ, no obstante dicho dictamen es una pequeña victoria para Ucrania, dado que es un pronunciamiento firme de un tribunal de Naciones Unidas, que puede acarrear en un futuro el pago de sanciones de Rusia a Ucrania.

Si la CIJ fallara en contra de Rusia, sería el Consejo de Seguridad de la ONU el responsable de hacer cumplir la ley.

Las armas que no se pueden usar en la guerra

Hay algunas armas que están prohibidas en la guerra, debido a la peligrosidad de los avances tecnológicos que han ido teniendo lugar en los últimos años. Según Amnistía Internacional, es ilegal utilizar armas cuyo efecto sea «inherentemente indiscriminado, que no puedan dirigirse contra un objetivo militar específico o cuyos efectos no puedan limitarse como dispone el derecho internacional humanitario».

Declaración de San Petersburgo (1868): Proyectiles explosivos con un peso inferior a 400 gramos

Declaración de La Haya (1899): Balas que se expanden y se aplastan en el cuerpo humano

Reglamento de La Haya (1907): Veneno y armas envenenadas

Protocolo de Ginebra (1925) / Convención sobre la prohibición de las armas químicas (1993): Armas químicas

Protocolo de Ginebra (1925) / Convención sobre la prohibición de las armas biológicas (1972): Armas biológicas

Protocolo I (1980) a la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales: Armas que lesionan mediante fragmentos no localizables en el cuerpo humano mediante rayos X

Protocolo III (1980) a la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales: Armas incendiarias

Protocolo IV (1995) a la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales: Armas láser cegadoras

Protocolo II, según fue enmendado en 1996, a la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales: Minas, armas trampa

Convención sobre la prohibición de las minas antipersonal (1997): Minas antipersonal

Protocolo V (2003) a la Convención sobre Ciertas Armas Convencionales: Restos explosivos de guerra

Convención sobre municiones en racimo (2008): Municiones en racimo

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Eleanor Roosevelt, en 1948 creó la declaración de libertades que siempre será su legado: La Declaración Universal de Derechos Humanos.

La Segunda Guerra Mundial (1939-1945) fue probablemente el conflicto más desgarrador de la historia de la humanidad. Tras su fin, países de todo el mundo hicieron un ejercicio de conciencia para tratar de aprender de los errores y evitar que un desastre así volviese a suceder.

Fue entonces cuando se comenzó a trabajar en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) la aprobó el 10 de diciembre de 1948.

El documento recoge los derechos fundamentales de todas las personas del mundo, sin importar procedencia, género o clase social. El texto no hubiera sido posible sin el liderazgo de la política y activista Eleanor Roosevelt, 34a primera dama de los Estados Unidos, escritora y férrea activista defensora de los derechos humanos. Fue la responsable de coordinar al grupo de delegados que trabajaron en el documento. Según relata en sus memorias, trabajó día y noche, debatiendo punto por punto de la Declaración sin descanso durante dos años.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es un tratado multilateral general que reconoce Derechos civiles, políticos y establece mecanismos para su protección y garantía. Fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2200 A (XXI), del 16 de diciembre de 1966.

Artículo 6

  • El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
  • En los países en que no hayan abolido la pena capital sólo podrá imponerse la pena de muerte por los más graves delitos y de conformidad con leyes que estén en vigor en el momento de cometerse el delito y que no sean contrarias a las disposiciones del presente Pacto ni a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Esta pena sólo podrá imponerse en cumplimiento de sentencia definitiva de un tribunal competente.
  • Cuando la privación de la vida constituya delito de genocidio se tendrá entendido que nada de lo dispuesto en este artículo excusará en modo alguno a los Estados Partes del cumplimiento de ninguna de las obligaciones asumidas en virtud de las disposiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
  • Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena de muerte. La amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.
  • No se impondrá la pena de muerte por delitos cometidos por personas de menos de 18 años de edad, ni se la aplicará a las mujeres en estado de gravidez.
  • Ninguna disposición de este artículo podrá ser invocada por un Estado Parte en el presente Pacto para demorar o impedir la abolición de la pena capital.

Artículo 14

  • Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de menores.
  • Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.
  • Durante el proceso, toda persona acusada de un delito tendrá derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas: ser informado de la naturaleza y causas de la acusación; a preparar su defensa; a obtener e interrogar testigos o a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable, entre otros).
  • En el procedimiento aplicable a los menores de edad a efectos penales se tendrá en cuenta esta circunstancia y la importancia de estimular su readaptación social.
  • Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley.
  • Cuando una sentencia condenatoria firme haya sido ulteriormente revocada, o el condenado haya sido indultado por haberse producido o descubierto un hecho plenamente probatorio de la comisión de un error judicial, la persona que haya sufrido una pena como resultado de tal sentencia deberá ser indemnizada, conforme a la ley, a menos que se demuestre que le es imputable en todo o en parte el no haberse revelado oportunamente el hecho desconocido. Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto por una sentencia firme de acuerdo con la ley y el procedimiento penal de cada país.

Tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, los Estados promovieron evitar a toda costa el “desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos” y evitar que se volviesen a originar “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad”, según reza la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Para ello era y sigue siendo clave respetar los derechos civiles y políticos como forma de asegurar que las discrepancias ideológicas y políticas no acaben generando conflictos bélicos y puedan resolverse desde el diálogo, el respeto a la integridad física y la libertad de las personas. 

Martín Herreros Abogados, gana el Premio Nacional de Ley 2022 en la categoría: Derecho Internacional.

José Martín, Socio Director de Martín Herreros Abogados

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